Round Table Remarks

Rebeca Xicohténcatl Corona | Mexico

Round Table Remarks

La Pontificia Academia de las Ciencias Sociales presidió, los días 30 y 31 de marzo del 2023, la Cumbre sobre Colonialismo, Descolonización y Neocolonialismo: una Justicia Social con perspectiva de Bien Común. Los trabajos se enfocaron en los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana, centrándose en los contextos panamericano y africano; concurriendo los respectivos Comités de Juezas y de Jueces por los Derechos Sociales y la Doctrina Franciscana. Las disertaciones se centraron en las consecuencias neocoloniales, en las manifestaciones actuales de injusticia, desigualdad global, cambio climático, desarrollo insostenible y migraciones masivas; ya que en el trascurrir del siglo XXI, hemos visto cambios radicales e imprevisibles en la sociedad mundial y en nuestra América y el Caribe, lo que nos impone a ocuparnos en estos acontecimientos desde el COPAJU.

Estamos ciertos que la dinámica mundial se ha formado por procesos como la globalización, así como por acontecimientos que se imponen en todos los espacios sociales y políticos, económicos y religiosos, jurídicos y de derechos humanos, culturales y hasta financieros; dicha transformación influye en el neoconstitucionalismo y hasta en el tipo de inserción internacional. En ese contexto, en el presente trabajo, me centraré en lo que debe ser la correcta observancia por parte de las y los juzgadores, al principio del “debido acceso a la justicia”, que es un derecho humano para la ciudadanía y garantía de la democracia y del estado derecho, atendiendo a lo establecido en la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos.

La Justicia y Estado de Derecho son valores intrínsecos y elementos indisolubles. “La justicia es el eje de la filosofía de los derechos humanos, por ser la virtud que orienta las demás virtudes humanas hacia el bien común y no hacia el individuo, y porque la justicia implica una igualdad”.[1]

La Justicia es el valor que se conecta directamente con la realización de todos los derechos humanos y con la garantía de los mismos valores humanos, que es obligación de exigibilidad preservada por un marco institucional que se materializa estructuralmente en los principios de independencia, autonomía y legalidad de los actos del Estado.[2]

¿Qué es el principio de debido acceso a la justicia?

Es un derecho fundamental que permite a las personas poder hacer valer sus derechos de forma justa, inclusiva y equitativa ante la ley, sin prejuicio de discriminación por sexo, raza, edad o religión, etcétera.

Bajo ese contexto, la transversalidad debe ser el eje rector del debido acceso a la justicia, su enfoque y orientación debe ser a través de una justicia equitativa e inclusiva; esto es, ponderar los derechos de aquellas personas o grupos minoritarios contra las discriminaciones étnicas, de género, religión, de culturas, lenguas, etcétera. Sin embargo, para que haya eficacia y efectividad en ese debido acceso a la justicia para las personas de las periferias, es necesario que las y los operadores del sistema de justicia cuenten forzosamente con una especialización en materia de Derechos Humanos, en particular los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales (DESCA), desde el enfoque de igualdad, equidad, paridad y perspectiva de género a la hora de analizar y resolver sobre estos temas de trascendental importancia; lo que, sin lugar a dudas, fortalece la dignidad humana y el bien común de un estado democrático de derecho.

Esta especialización debe ser formalizada con parámetros únicos a nivel nacional e internacional, fortaleciéndose a través de la ética de las y los servidores públicos y del servicio público, en concordancia con los principios y valores que rigen el actuar de las y los juzgadores, con el fin de que les permita comprender y entender las circunstancias particulares de cada caso en concreto, así como la forma en que impactan sus sentencias; teniendo como beneficio el efecto útil de la norma, que no es otra cosa que el adecuado ejercicio y goce de cada uno de sus derechos. En ese sentido, contar con una verdadera especialización y perfil permite a las y los operadores de este sistema de justicia, “garantizar el real bienestar integral de estos grupos minoritarios en situación de vulnerabilidad”.

En ese sentido, un estado democrático de Derecho no se puede forjar, si éste no garantiza las reglas que permitan el acceso a la justicia de una manera igualitaria e inclusiva; partiendo de esta aseveración, se asume que el Sistema de Justicia es una pieza vital para que la ciudadanía deposite en él toda su confianza para el cumplimiento del ordenamiento jurídico, situando con un énfasis mayor a los grupos más vulnerables, ya que deben ser visualizadas con gran relevancia al ser por muchos siglos los más discriminados, restituyéndoles de este modo el pleno disfrute de todos sus derechos.

Pues como lo señaló el doctor Gustavo Moreno en su intervención dentro de esta Cumbre, “las y los juzgadores no podemos conducir nuestro actuar jurisdiccional siendo omisos de estas injusticias desde la legalidad”.

De todo lo anterior, concluyo señalando que cuando se promueven, protegen, respetan y garantizan los derechos humanos, se sientan las bases para una sociedad justa, equitativa e incluyente, donde se fomenta el bienestar de todos sus miembros. En ese sentido, el bien común y la justicia social se logra cuando se garantizan los derechos humanos de manera efectiva y se abordan las desigualdades y discriminaciones existentes en la sociedad, dando así certeza jurídica a los justiciables y a la ciudadanía en general; lo que fortalece a tener una sociedad inclusiva y solidaria, donde cada individuo pueda alcanzar su pleno potencial y contribuir al bienestar y paz social. Asimismo, la separación de poderes, la rendición de cuentas y el acceso a una justicia imparcial, son fundamentales para garantizar un equilibrio de poder y proteger el estado democrático de derecho.

Finalmente, retomo lo manifestado por S.S. Papa Francisco, en la celebración de la Cumbre de Jueces Panamericanos sobre Derechos Sociales y Doctrina Franciscana, los días 3 y 4 de junio de 2019, cuando se dirigió directamente a los jueces durante la ceremonia de clausura, haciendo un llamado a los jueces en el sentido de que:

“No tengan miedo de ser protagonistas en la transformación del sistema judicial basado en el valor, en la justicia y en la primacía de la dignidad de la persona humana sobre cualquier otro tipo de interés o justificación. Permítanme decirles: «Felices los que tienen hambre y sed de justicia; felices los que trabajan por la paz» (Mt 5,6.9)”.

 

  1. Artículo “La Justicia como Virtud Social” [Consultado el día 08/05/2023].
  2. Ver: Nikken, Pedro, “La garantía internacional de los derechos humanos”, en: Colección de Estudios Jurídicos No. 78, Editorial Jurídica Venezolana, Caracas, Venezuela, 2006, pág. 30 [Consultado el día 08/05/2023].