Remarks

Carlos Francisco Balbín | Argentina

Remarks

Gracias por la palabra. En particular, quiero agradecer al cardenal Turkson, al obispo Sánchez Sorondo y al juez Andrés Gallardo por esta invitación. Y como dijo Karina, a todas y todos por escucharme y escucharnos.

Quisiera retomar el excelente discurso del profesor Oyugi y su crítica al capitalismo, porque yo creo que nosotros debiéramos repensar no sólo el capitalismo sino también el derecho de propiedad, su sentido y su alcance. Y me pregunto, si, en verdad, de acuerdo a nuestra concepción sobre el derecho de propiedad, en el contexto de los mercados financieros internacionales es posible o no garantizar los derechos sociales. Nosotros trabajamos con una idea de derecho de propiedad propia del liberalismo y particularmente de Locke, entre otros pensadores contemporáneos.

Pero, quizás, los invito a hacer un esfuerzo para pensar o repensar el derecho de propiedad desde otra perspectiva. Y para eso recurro no al siglo XV o XVI como nos planteó Karina, sino al siglo XIII y a la figura de San Francisco de Asís, porque San Francisco que vivió hace mucho tiempo a pocos kilómetros de aquí negó el dominio sobre los bienes. Dijo que sí se puede usar, pero que no es posible poseer. Y en la Iglesia católica se planteó un debate muy profundo, lamentablemente olvidado, sobre el alcance del derecho de propiedad entre los franciscanos y el propio Papado en ese marco histórico. Podríamos también recurrir a otros autores en la actualidad, como es el caso del filósofo italiano Giorgio Agamben, que describe claramente cómo era la idea de regla y propiedad en los monasterios.

San Buenaventura es quizás el biógrafo más destacado de Francisco de Asís, y él utiliza un concepto en relación a la propiedad y a la idea de San Francisco de Asís sobre el derecho de propiedad en estos términos. Así, él nos habla del uso franciscano. ¿Y qué es el uso franciscano de los bienes? Es, según San Buenaventura, el uso limitado a aquello que sea estrictamente necesario, sólo en ese contexto está justificado.

Dicho esto, quiero recurrir a otro Francisco, que es el papa actual, porque luego la Iglesia afirmó obviamente el derecho de propiedad y desarrolló la idea de la función social de la propiedad que uno puede leerla extensamente en las encíclicas de la Iglesia católica. El Papa Francisco – y me permito leerlo textualmente – en relación al derecho de propiedad (y me pregunto no sólo qué es el derecho de propiedad, sino fundamentalmente cuáles son los límites al derecho de propiedad) dice lo siguiente: “la solidaridad es una reacción espontánea de quien reconoce la función social de la propiedad y el destino universal de los bienes como realidades anteriores a la propiedad privada. La posesión privada de los bienes – agrega – se justifica sólo para cuidarlos y acrecentarlos, pero de manera que sirvan mejor al bien común”. Y, es más, el Papa habla del derecho de propiedad como un derecho secundario, y entonces si existen derechos secundarios como el de propiedad es razonable afirmar que existen otros que son primarios y más relevantes que los derechos secundarios. Pero luego señala algo aún más claro – porque quizás estemos recurriendo a conceptos vagos o indeterminados – entonces el Papa actual afirma que “si una persona carece de lo necesario para vivir con dignidad, es porque otra persona está detentando ese bien”.

Y uno podría observar los deciles, por ejemplo, que utiliza Piketty en su texto sobre el capitalismo del siglo XXI y criticar a aquel decil que se encuentra en la pirámide de la distribución de la riqueza. Pero nosotros nos ubicamos en otros deciles de esa pirámide, y me pregunto, entonces, cuál es nuestra responsabilidad. Y en este contexto – creo – para repensar el capitalismo es necesario (o quizás imprescindible) repensar también el abuso del derecho de propiedad. Y me pregunto desde el punto de vista de la igualdad y la justicia cuánto uno puede acumular para no quebrar dichos principios de igualdad y justicia. Cuál es el límite, entonces, en la acumulación de las riquezas.

Esta es mi primera reflexión. Y quiero – si me permiten – hacer otra reflexión (quizás más disruptiva) en relación a la independencia de los jueces que trabajamos en el sur. Yo creo que los jueces debemos ser dependientes. Probablemente si estuviese en un claustro universitario me quitarían el uso de la palabra, pero creo que el juez debe ser sin duda dependiente.

Hay un texto muy claro de un profesor español, Esteve Pardo, donde él describe aquellos casos paradigmáticos que utilizamos en la Facultad para definir la independencia de los jueces y ahí explica que esos jueces, en el contexto de esos casos que nosotros utilizamos como ejemplos de independencia judicial, son en verdad casos muy claros de dependencia, sólo que el vínculo es en relación con otro poder u otro interés distinto a aquel que surge desde una perspectiva superficial.

Y desde el punto de vista del juez y de la hermenéutica, quiero citar a Hans Gadamer, que es uno de los filósofos más destacados en hermenéutica, discípulo de Heidegger, porque él creó el concepto de círculo hermenéutico para interpretar – no ya un texto jurídico sino la realidad. ¿Y qué es el círculo hermenéutico de Gadamer? Es colocarse en el lugar del otro. Sólo es posible interpretarlo o interpretar la realidad cuando yo me ubico en el lugar del otro. Eso es justamente la propuesta que nos hace Gadamer en estos tiempos. Y es por eso los jueces tenemos que ser dependientes: dependientes de los excluidos, dependientes de los que menos tienen, dependientes de quienes no acceden a la salud, dependientes de quienes no acceden a la educación. Ese es el perfil de jueza o juez que nosotros deberíamos construir.

Y finalmente, quiero hacer una última reflexión en términos culturales sobre el neocolonialismo. Se habló mucho y con claridad y profundidad de que el colonialismo extrajo los recursos de los países periféricos, pero en verdad el neocolonialismo lo que extrae es nuestra esperanza, extrae nuestra dignidad. Este es el punto más crítico, porque como decían ayer los profesores y las profesoras, ya no se habla de reformas para construir una sociedad mejor.

Creo, en definitiva, que uno de los caracteres culturales del neoliberalismo actual es crear la paradoja de que en verdad nosotros somos libres y que podemos acceder de modo virtual a todos los bienes. Y eso es falso, sin duda. En verdad, estamos cada vez más dominados. Más dominados, entre otras cosas, por la tecnología, por ejemplo, por la inteligencia artificial o el ejemplo que mencionó anteriormente el profesor Oyugi. Al fin y al cabo, a través del metaverso, la inteligencia artificial y otras herramientas nos dominan cada vez más, pero la paradoja es que nos hacen creer que somos libres y no dominados a través de dichas experiencias.

Considero, sintéticamente, que debemos ir a la profundidad del modelo y eso nos lleva – como dije en un principio y ahora a título de conclusión – a repensar en nuestras facultades sobre el derecho de propiedad, pues solo en la medida en que limitemos el derecho de propiedad o reconstruyamos el derecho de propiedad – en especial en los mercados financieros – será posible garantizar los derechos sociales. Y además pensemos también – como dije antes – en la dependencia de los jueces respecto de aquellos que están excluidos del modelo – y particularmente – de nuestra responsabilidad en este contexto.

Quiero, por último, para cerrar, agradecer al Papa Francisco porque ha permitido crear un espacio de crítica y de reflexión sobre estas cuestiones. Es muy difícil plantear estos temas en otros círculos – judiciales o académicos – y el Papa nos ha permitido justamente discutir en pluralidad y de modo crítico y divergente, entre nosotros, sobre estas cuestiones.

Cierro con las palabras de Antonio Machado cuando dijo con su poesía: “al olmo viejo, hendido por el rayo y en su mitad podrido, con las lluvias de abril y el sol de mayo, algunas hojas verdes le han salido”. Muchas gracias.