Para un abordaje integral, tenemos que mirar de donde partimos

Ana Paola García Villagómez | Casa de la Mujer, Bolivia

Para un abordaje integral, tenemos que mirar de donde partimos

Una de las consecuencias heredadas del sistema capitalista y de la estructura de una sociedad patriarcal, es la explotación del hombre y de la mujer, convirtiendo fundamentalmente a las mujeres en mercancías de compra y venta, lo cual las convierte en artífices del cálculo económico como ganancia y factor de acumulación, ya sea en la relación mercado cliente-prostituyente o como mercancías en sí mismas.

Bolivia y concretamente el Departamento de Santa Cruz, son considerados lugar de origen, tránsito y destino de la trata, tráfico de personas y delitos conexos con fines de explotación sexual y laboral.

En Bolivia se identifican dos formas principales de la explotación humana:

  • La trata laboral de personas, por ejemplo, padrinazgo, servidumbre costumbrista, la explotación minera, la zafra de castaña y relaciones de mendicidad forzada a niñas, niños, adolescentes y personas con alguna discapacidad.
  • La trata y tráfico de personas con fines de explotación sexual, donde el 90% de las personas que desaparecen anualmente son niñas y niños que oscilan entre los 13 y los 18 años.

La gran pregunta: ¿Donde están? ¿Dónde las llevan?

Según la experiencia del trabajo de campo realizado, la respuesta es clara: los prostíbulos que se encuentran en cada pueblo, municipio, cantón de Bolivia, donde por cada escuela existen cinco lenocinios, en una sociedad que naturaliza la prostitución. Yo meditaba a quien le vamos a pedir responsabilidad social: ¿a las transnacionales, como las petroleras, que colocan sus campamentos en nuestras comunidades? Detrás de ellos los prostíbulos, en donde se subastan niñas y adolescentes vírgenes por 200$, siendo ellos los principales consumidores.

El delito de trata de personas es tan frecuente que se constituye en cuestiones sociales naturalizadas, que involucran la negación de los derechos humanos de las víctimas quienes generalmente son mujeres, niñas, niños y adolescentes que además viven en situaciones de precariedad y vulnerabilidad de sus derechos, debido a las profundas brechas producidas por la desigualdad, que van desde lo económico, étnico, orientación sexual y de género.

PARTIR. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA

  1. LIBERTAD DE ASENTAR UNA DENUNCIA
  2. CONSEGUIR UNA SENTENCIA
  3. CUMPLIMIENTO DE UNA SENTENCIA
  4. TUTELA JUDICIAL EFECTIVA

Criterios básicos para la atención integral a víctimas de trata y tráfico

Entendemos por Atención Integral a todas aquellas estrategias y acciones de variadas respuestas, dirigidas a garantizar a las víctimas de trata de personas el goce y la restitución de sus derechos violentados, coordinando y articulando los diferentes servicios institucionales que se ofrecen desde el estado y la sociedad civil.

Una vez que la víctima está siendo atendida, siempre que sea posible, la estrategia de intervención debe tomar en cuenta a la familia, tratando de fortalecer la capacidad de contención de las familias, y de esta manera asegurar la mayor sostenibilidad de la intervención. Dicho trabajo implica la existencia de canales formales de comunicación que faciliten el trabajo coordinado y articulado entre las diferentes instituciones tanto estatales como no estatales con la familia, teniendo presente las características de las víctimas de trata.

Características de las victimas de trata de personas

  • Confusión en sus relatos.
  • Temor de hablar / Pánico.
  • Lentitud de razonamiento.
  • Inseguridad y/o dificultad para tomar decisiones.
  • Considerarse culpable y no víctima (justifica el hecho)
  • Contradicción en sus sentimientos.
  • Desesperación.
  • Baja autoestima.
  • Depresión.
  • Necesidad de contención, tratamiento, comprensión y ayuda.
  • Estado de indefensión.
  • Arrepentimiento por denunciar a quien la agredió.
  • Desconfianza absoluta.
  • Preocupación por su situación migratoria.
  • Ansiedad por comunicarse con parientes o su Consulado.

Objetivos de la atención integral

  • Garantizar la protección de la víctima.
  • Brindarle una atención que cuente con los elementos necesarios para restablecer derechos y capacidades.
  • Promover y acompañar a la víctima en la denuncia, proceso penal y sentencia, respetando su voluntad de seguir o no toda esta secuencia.
  • Posibilitar su reintegración familiar y/o social.

Etapas de la atención integral

Antes de iniciar la atención integral, se debe tomar en cuenta estos aspectos:

  • Trata interna
  • Trata internacional

a) Identificación

Se debe tomar en cuenta que una víctima de trata es visibilizada cuando logra escapar o cuando las autoridades realizan operativos. Por lo tanto, el acercamiento inicial tendrá por objetivo identificar a la víctima y se constituirá en uno de los momentos de mayor relevancia para establecer un vínculo con la misma.

b) Coordinación inter-institucional

  • Realizar un diagnóstico multidisciplinario (médico, legal, social y psicológico).
  • Proteger el derecho a la intimidad, privacidad y guardar en absoluta reserva la identidad de la víctima, denunciantes, testigos así como de su entorno familiar.
  • Informar a la víctima sobre todos los pasos que se están dando.
  • Informados en todo el proceso.
  • Facilitar si situación migratoria.

c) Entrevista con la victima

  • Reunir toda la información posible que permita generar una buena investigación, utilizando prioritariamente la Cámara Gessell. En los lugares donde no se cuente con ella, se tratará en lo posible de realizar una única entrevista con la víctima.
  • Valorar riesgos y coordinar con las instituciones encargadas de brindar protección a la víctima.
  • Identificar cuáles son las situaciones que en ese momento representan mayor preocupación a la víctima para enfrentar la problemática.
  • No generar expectativas que no se podrán cumplir.
  • Cuando corresponda, coordinar procedimientos de traslado.

d) La víctima en el proceso penal

La víctima debe ser informada en todo el proceso y debe de activarse el sistema de protección víctimas y testigo.

De un total de 2.591 denuncias de trata y tráfico de personas recibidas desde 2012 en el país, solo 44 personas fueron sentenciadas, según se desprende de la información vertida por el viceministro de Justicia, Diego Jiménez.

Porque no se accede a la justicia?

El acceso a la justicia es el derecho que tiene toda mujer que ha sufrido un hecho de violencia en contra de su vida, integridad física, psicológica, sexual, económica, patrimonial o de cualquier otra naturaleza a acudir ante las autoridades judiciales o administrativas para denunciar la violencia sufrida; recibir protección inmediata; se investiguen los hechos hasta identificar a los responsables; se los juzgue y sancione; y que se repare integralmente el daño sufrido por la mujer en situación de violencia.

Este derecho constituye un elemento central de las obligaciones de los Estados. En particular, el estándar de debida diligencia parte del supuesto de que los Estados deben contar con sistemas de justicia adecuados, que aseguran a las mujeres víctimas de la violencia el acceso a los mecanismos de justicia penal y de justicia restaurativa cuando sus derechos humanos son vulnerados. Sin embargo, las limitaciones y obstáculos de acceso a la justicia, que se caracterizan por una respuesta poco efectiva en muchos de los casos, lejos de lograr el esclarecimiento de los hechos y la sanción a los responsables han contribuido a perpetuar la impunidad, tal como señala la CIDH. En varios países en las Américas “existe un patrón de impunidad sistemática en el procesamiento judicial y en las actuaciones en torno a casos de violencia contra las mujeres, debido al hecho de que la gran mayoría de estos casos carece de una investigación, sanción y reparación efectiva. La impunidad de estas violaciones de derechos perpetúa la aceptación social del fenómeno de la violencia contra las mujeres, el sentimiento y la sensación de inseguridad en las mujeres, así como una persistente desconfianza de éstas en el sistema de administración de la justicia”.

Como señala Silvia Pimentel, ex presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, de la Organización de las Naciones Unidas: “La cultura patriarcal es parte de la formación de la mentalidad de muchos pueblos, de forma que la violencia contra las mujeres es en realidad el síntoma y no la enfermedad. Las mujeres sólo tendrán igualdad de acceso a la justicia y la violencia contra ellas sólo será eliminada cuando se construya una mentalidad que las conciba como iguales y no como inferiores, pues esta es la causa estructural de la violencia contra las mujeres”.